Buscan prohibir narcocorridos en Jalisco

Ley Anti-Narcocorridos es propuesta por el diputado Julio Hurtado Luna
El diputado del PAN en Jalisco, Julio Hurtado Luna, propuso una iniciativa para que Jalisco, prohiba los narcocorridos en eventos público.
Dicha ley que ya existe en otros estados de la República, busca que los jóvenes no reciban mensajes negativos y erróneos.
El diputado señala que es importante reflexionar sobre el impacto de la música que alude a la violencia o a las adicciones, pues más allá de ser sólo entretenimiento, puede influir en la percepción de la realidad, especialmente en los más jóvenes.
Los llamados narcocorridos, un subgénero de la música regional mexicana, suele narrar historias sobre el crimen organizado, violencia.
Señala que han identificado algunas formas en las que losnarcocorridos pueden relacionarse con la violencia:
a) Glorificación de la Cultura del Narcotráfico
Los narcocorridos presentan a los narcotraficantes como figuras de éxito, poder y respeto, lo que puede influir en jóvenes.
b) Vinculación con Cárteles
Algunas bandas han sido contratadas por líderes criminales para componer canciones sobre ellos.
En estados como Nayarit, Baja California, Chihuahua y Quintana Roo, ya hay políticas que prohíben la interpretación de la música con mensajes violentos.
“Por ello en Jalisco, basada en la Ley de Cultura de la Paz del Estado de Jalisco, la cual tiene por objeto respetar, proteger, promover y garantizar la paz como un derecho humano del que todas las personas, sin distinción alguna, propongo la que llamaremos Ley AntiNarcocorridos”.
¿Qué propone la Ley?
Adicionar un artículo 39 ter a la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, para quedar como sigue:
“Dentro de los espectáculos o eventos públicos masivos que se realicen con autorización de los ayuntamientos, no podrán interpretarse o reproducirse canciones que evoquen cualquier tipo de violencia o hagan apología delictiva”.
“El área específica de los ayuntamientos que haga las funciones de inspección tendrá la facultad para suspender, cancelar o multar los hechos contrarios al presente artículo conforme lo establece la presente ley”.